A/HRC/27/38 adoptó otras resoluciones en las que se trata la cuestión de las represalias, incluida la resolución 24/7 sobre la detención arbitraria6 y la resolución 24/21 sobre el espacio de la sociedad civil: creación y mantenimiento, en la legislación y en la práctica, de un entorno seguro y propicio. 4. Durante el período del que se informa, expresé profunda preocupación por las represalias en varias ocasiones, entre otras en la serie de sesiones de alto nivel del Consejo de Derechos Humanos, celebrada el 3 de marzo de 2014, y durante una mesa redonda sobre la protección de la sociedad civil, celebrada el 11 de marzo de 2014. En esta última sesión, la Alta Comisionada Adjunta para los Derechos Humanos y yo insistimos en que la sociedad civil es un socio indispensable de las Naciones Unidas y señalamos que los agentes de la sociedad civil deben poder trabajar con libertad, independencia, sin temor y a salvo de las represalias y la intimidación. En sus observaciones finales, al terminar el 25º período de sesiones, el Presidente del Consejo de Derechos Humanos condenó las represalias y los actos de intimidación, y subrayó que se deben adoptar todas las medidas posibles para prevenir esos actos inaceptables7. 5. En la reunión de alto nivel sobre el apoyo a la sociedad civil, celebrada el 23 de septiembre de 2013, el Secretario General Adjunto, en mi nombre, expresó preocupación por la creciente presión y las restricciones ejercidas contra la sociedad civil en muchos países, por ejemplo, mediante la aprobación de nueva legislación 8. Quisiera reiterar la preocupación expresada en el informe del año pasado por el hecho de que nuevas leyes y reglamentos dificultaban la transferencia de fondos desde el extranjero a algunas organizaciones no gubernamentales (ONG), incluidos los del Fondo de Contribuciones Voluntarias de las Naciones Unidas para las Víctimas de la Tortura y del Fondo Fiduciario de Contribuciones Voluntarias de las Naciones Unidas para Luchar contra las Formas Contemporáneas de la Esclavitud 9. Estas dificultades persistían en al menos cuatro países durante el período que abarca el presente informe. En algunos casos, las reglamentaciones restrictivas pueden impedir el acceso de representantes de la sociedad civil a los mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas. 6. Durante la reunión anual de titulares de mandatos de procedimientos especiales de 2013, el Presidente del Comité de Coordinación informó que varios procedimientos especiales habían planteado la cuestión de las represalias durante los diálogos interactivos con el Consejo de Derechos Humanos y que había planteado la cuestión a diferentes partes interesadas, a las que solicitó que mantuvieran una postura firme frente a las represalias10. El 10 de diciembre de 2013, en una declaración conjunta, los titulares de mandatos de los procedimientos especiales expresaron profunda preocupación por los actos de represalias contra quienes cooperaban con ellos y afirmaron que esperaban con impaciencia el nombramiento de un coordinador sobre las represalias11. La Relatora Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos señaló en su último informe al Consejo que durante su mandato había enviado unas 50 comunicaciones sobre casos de represalias12. En noviembre de 2013, el Comité contra la Desaparición Forzada y el Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias hicieron pública una declaración conjunta en la que aclararon que estaban alerta con respecto a cualquier forma de intimidación y represalias y que acogían con beneplácito la decisión del Consejo de 6 7 8 9 10 11 12 4 Resolución 24/7 del Consejo de Derechos Humanos, párr. 10. Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) comunicado de prensa, 28 de marzo de 2014. Comunicado de prensa de las Naciones Unidas, 23 de septiembre de 2013 (SG/SM/15314). A/HRC/24/29, párr. 12. A/HRC/24/55, párr. 15. Comunicado de prensa del ACNUDH, 10 de diciembre de 2013. A/HRC/25/55, párr. 42. GE.14-15026

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