A/HRC/27/38
adoptó otras resoluciones en las que se trata la cuestión de las represalias, incluida la
resolución 24/7 sobre la detención arbitraria6 y la resolución 24/21 sobre el espacio de la
sociedad civil: creación y mantenimiento, en la legislación y en la práctica, de un entorno
seguro y propicio.
4.
Durante el período del que se informa, expresé profunda preocupación por las
represalias en varias ocasiones, entre otras en la serie de sesiones de alto nivel del Consejo
de Derechos Humanos, celebrada el 3 de marzo de 2014, y durante una mesa redonda sobre
la protección de la sociedad civil, celebrada el 11 de marzo de 2014. En esta última sesión,
la Alta Comisionada Adjunta para los Derechos Humanos y yo insistimos en que la
sociedad civil es un socio indispensable de las Naciones Unidas y señalamos que los
agentes de la sociedad civil deben poder trabajar con libertad, independencia, sin temor y a
salvo de las represalias y la intimidación. En sus observaciones finales, al terminar
el 25º período de sesiones, el Presidente del Consejo de Derechos Humanos condenó las
represalias y los actos de intimidación, y subrayó que se deben adoptar todas las medidas
posibles para prevenir esos actos inaceptables7.
5.
En la reunión de alto nivel sobre el apoyo a la sociedad civil, celebrada el 23 de
septiembre de 2013, el Secretario General Adjunto, en mi nombre, expresó preocupación
por la creciente presión y las restricciones ejercidas contra la sociedad civil en muchos
países, por ejemplo, mediante la aprobación de nueva legislación 8. Quisiera reiterar la
preocupación expresada en el informe del año pasado por el hecho de que nuevas leyes y
reglamentos dificultaban la transferencia de fondos desde el extranjero a algunas
organizaciones no gubernamentales (ONG), incluidos los del Fondo de Contribuciones
Voluntarias de las Naciones Unidas para las Víctimas de la Tortura y del Fondo Fiduciario
de Contribuciones Voluntarias de las Naciones Unidas para Luchar contra las Formas
Contemporáneas de la Esclavitud 9. Estas dificultades persistían en al menos cuatro países
durante el período que abarca el presente informe. En algunos casos, las reglamentaciones
restrictivas pueden impedir el acceso de representantes de la sociedad civil a los
mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas.
6.
Durante la reunión anual de titulares de mandatos de procedimientos especiales
de 2013, el Presidente del Comité de Coordinación informó que varios procedimientos
especiales habían planteado la cuestión de las represalias durante los diálogos interactivos
con el Consejo de Derechos Humanos y que había planteado la cuestión a diferentes partes
interesadas, a las que solicitó que mantuvieran una postura firme frente a las represalias10.
El 10 de diciembre de 2013, en una declaración conjunta, los titulares de mandatos de los
procedimientos especiales expresaron profunda preocupación por los actos de represalias
contra quienes cooperaban con ellos y afirmaron que esperaban con impaciencia el
nombramiento de un coordinador sobre las represalias11. La Relatora Especial sobre la
situación de los defensores de los derechos humanos señaló en su último informe al
Consejo que durante su mandato había enviado unas 50 comunicaciones sobre casos de
represalias12. En noviembre de 2013, el Comité contra la Desaparición Forzada y el Grupo
de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias hicieron pública una
declaración conjunta en la que aclararon que estaban alerta con respecto a cualquier forma
de intimidación y represalias y que acogían con beneplácito la decisión del Consejo de
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Resolución 24/7 del Consejo de Derechos Humanos, párr. 10.
Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH)
comunicado de prensa, 28 de marzo de 2014.
Comunicado de prensa de las Naciones Unidas, 23 de septiembre de 2013 (SG/SM/15314).
A/HRC/24/29, párr. 12.
A/HRC/24/55, párr. 15.
Comunicado de prensa del ACNUDH, 10 de diciembre de 2013.
A/HRC/25/55, párr. 42.
GE.14-15026