A/HRC/14/19
recibir seguridades por parte de los gobiernos de que "ninguna persona que por sus
funciones oficiales o como particular haya estado en contacto con el relator especial o
representante en relación con el mandato será sometida por esa razón a amenazas,
intimidación o castigo o a un proceso judicial".
7.
Al determinar las modalidades de su examen periódico universal, en su
resolución 5/1, el Consejo de Derechos Humanos también declaró que el mecanismo
debería asegurar la participación de todos los actores interesados pertinentes, con inclusión
de las ONG y de las instituciones nacionales de derechos humanos, de conformidad con la
resolución 60/251 de la Asamblea General y la resolución 1996/31 del Consejo Económico
y Social, así como con cualquier decisión que el Consejo pudiera adoptar al respecto. El
Consejo de Derechos Humanos afirmó asimismo que uno de los objetivos del examen sería
el fomento de la plena cooperación y el compromiso con el Consejo, otros órganos de
derechos humanos y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los
Derechos Humanos (ACNUDH). Los documentos en que se basaría el examen periódico
universal deberían comprender información creíble y fidedigna adicional proporcionada por
otros interlocutores pertinentes, que también debería considerar el Consejo en el examen.
8.
En resoluciones de la Asamblea General sobre diversos instrumentos internacionales
y sus correspondientes órganos de vigilancia, la colaboración con la sociedad civil, en
particular con las ONG, se ha mencionado como un aspecto importante y se ha alentado2.
9.
Puesto que el respeto de los derechos humanos es un pilar de las Naciones Unidas,
todos deberían tener la oportunidad de interactuar con la organización, sus representantes y
mecanismos en la esfera de los derechos humanos sin temor alguno. Los persistentes actos
de intimidación y represalia motivados por la cooperación con las Naciones Unidas en
cuestiones de derechos humanos suscitan profunda preocupación y han sido examinados
por varios órganos y mecanismos de las Naciones Unidas.
10.
En su declaración ante el Consejo de Derechos Humanos pronunciada el 4 de marzo
de 2010, la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos señaló
que tenía información, al igual que los procedimientos especiales, sobre particulares que
habían sido objeto de represalias después de haber cooperado con los mecanismos de
derechos humanos. La Alta Comisionada instó a los Estados a que velaran por que quienes
tuvieran contacto con los procedimientos especiales estuvieron protegidos contra las
represalias.
11.
Varios titulares de mandatos de los procedimientos especiales han establecido
procedimientos específicos para hacer frente y dar visibilidad a los casos de represalias, con
el fin de contribuir a poner freno a este fenómeno. Por ejemplo, el Relator Especial sobre
ejecuciones extrajudiciales, sumarias y arbitrarias dedicó parte de su informe de 2009 al
Consejo de Derechos Humanos (A/HRC/11/2) a la cuestión de la protección de las personas
que cooperan con los procedimientos especiales contra las represalias. El Grupo de Trabajo
sobre la Detención Arbitraria también ha decidido incluir en su informe anual todos los
casos de represalias por haber cooperado con él que se señalen a su atención. En este
contexto, merece la pena mencionar que, en el mandato del Relator Especial sobre la
situación de los defensores de los derechos humanos, establecido por el Consejo en su
resolución 7/8, se pide al Relator Especial, entre otras cosas, que "recabe, reciba y examine
información, y responda a ella, sobre la situación y los derechos de toda persona que,
actuando individualmente o en asociación con otras, promueva y proteja los derechos
humanos y las libertades fundamentales".
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GE.10-13231
Véanse, por ejemplo, las resoluciones de la Asamblea General 63/243, relativa a la Convención
Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, ó 64/138, relativa a
la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.
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