A/HRC/18/19
contra la Tortura, en sus observaciones finales sobre el Yemen41, expresó su honda
preocupación por la información relativa a amenazas, actos de intimidación y
hostigamiento contra los miembros de la organización, que había coordinado la elaboración
de un informe alternativo conjunto presentado al Comité, y también había informado al
Comité en su período de sesiones. El Comité temía que esas amenazas y esos actos de
intimidación estuvieran relacionados con las actividades pacíficas que realizaba la
organización en materia de promoción y protección de los derechos humanos, en particular
denunciando y documentando los casos de tortura. El Comité lamentaba profundamente
que el Estado parte no hubiera respondido a la carta del Presidente del Comité de fecha 3 de
diciembre de 2009, en la que se señalaba esta cuestión a la atención del Estado parte. A
continuación el Comité reiteró su petición al Estado parte de que proporcionara con
urgencia información sobre las medidas adoptadas para aplicar los art��culos 12, 13 y 16 de
la Convención y el párrafo 20 de las observaciones finales con carácter provisional del
Comité, en particular con respecto a los miembros del Foro Árabe de Hermanas por los
Derechos Humanos.
92.
En el momento de concluir el presente informe, el Gobierno del Yemen no había
dado respuesta a esta comunicación.
III.
Conclusiones y recomendaciones
93.
Como demuestran los casos que figuran en el presente informe, se sigue
informando sobre actos de intimidación y represalias contra quienes cooperan con las
Naciones Unidas, sus mecanismos y representantes en la esfera de los derechos
humanos. Este fenómeno inquietante abarca una gran variedad de manifestaciones,
como amenazas y hostigamiento por parte de funcionarios gubernamentales, incluso
por medio de declaraciones públicas de altos funcionarios del Gobierno, una
intensificación de la vigilancia de las actividades, detenciones arbitrarias, torturas y
malos tratos. En el presente informe se han señalado casos de represalias por cooperar
con el ACNUDH, el Consejo de Derechos Humanos y sus procedimientos especiales y
el mecanismo del examen periódico universal, el Fondo de las Naciones Unidas de
contribuciones voluntarias para los pueblos indígenas y los órganos creados en virtud
de tratados. Esas informaciones confirman que determinados Estados continúan
recurriendo a las represalias para silenciar las críticas e impedir que particulares y
grupos cooperen con las Naciones Unidas en la esfera de los derechos humanos.
94.
Esta práctica tiene consecuencias disuasorias muy graves para la voluntad y la
capacidad de los grupos y particulares de proporcionar información acerca de lo que
está sucediendo en un país determinado y, a su vez, para la capacidad de las Naciones
Unidas de informar y de reaccionar apropiadamente a preocupaciones en materia de
derechos humanos. Efectivamente, los contactos libres y sin trabas y la cooperación
con los particulares y con la sociedad civil son indispensables para que las Naciones
Unidas y sus mecanismos puedan cumplir su mandato.
95.
Cabe señalar que durante la redacción del presente informe se plantearon de
nuevo casos en que no fue posible informar sobre determinadas situaciones de
represalias a causa de preocupaciones específicas por la seguridad. El
desconocimiento del presente informe también podría explicar que no se informara
sobre ciertos casos de presuntas represalias.
96.
Las represalias y la intimidación contra quienes cooperan con representantes
de las Naciones Unidas en la esfera de los derechos humanos son prácticas muy
41
CAT/C/YEM/CO/2/Rev.1, párr. 32.
GE.11-15074 (EXT)
19
Select target paragraph3
Connect to a paragraph
Connect to an entity
Disable highlights
Add to table of contents