A/HRC/18/19
celebrado durante el 15º período de sesiones del Consejo de Derechos Humanos, que se
habían producido ciertos progresos en la investigación del caso. Según la delegación de
Colombia, la lucha contra la impunidad sigue siendo una prioridad nacional y, como tal, es
alentador tener conocimiento de la reciente petición de 40 años de cárcel para siete ex
militares como autores del asesinato del líder indígena Edwin Legarda el 16 de diciembre
de 2008.
2.
Guatemala
75.
Con respecto al caso de diversas organizaciones indígenas de Guatemala incluido en
mi anterior informe anual21, dos titulares de mandatos de los procedimientos especiales
hicieron un llamamiento urgente el 12 de marzo de 2010, en el que expresaron
preocupación por la posibilidad de que la campaña de calumnias emprendida contra las
organizaciones mencionadas estuviera relacionada con su participación en el 76º período de
sesiones del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial.
76.
En una carta de fecha 21 de mayo de 2010, el Gobierno de Guatemala respondió al
llamamiento urgente de los relatores especiales. El Gobierno reconoció los hechos e hizo
referencia a una carta recibida por la sección de derechos humanos de la Fiscalía que
contenía información sobre los casos. La Fiscalía solicitó a la policía que garantizara
urgentemente la seguridad de las organizaciones afectadas, así como la integridad física y
psicológica de las personas implicadas. El Gobierno manifestó su disposición a
proporcionar información adicional en caso de que las personas afectadas decidieran
emprender actuaciones judiciales.
3.
Irán (República Islámica del)
77.
Con respecto al caso del Ayatolá Sayed Hossein Kazemeyni Boroujerdi,
mencionado en mi informe anterior22, esta persona fue objeto de otra comunicación
transmitida el 5 de mayo de 2010 por varios relatores especiales23. El Gobierno de la
República Islámica del Irán indicó en una carta de fecha 7 de octubre de 201024 que el
Sr. Boroujerdi había sido detenido bajo la acusación de establecer una secta con ideas
extremistas, así como de ejecutar y organizar acciones encaminadas a destruir propiedad
pública, incendiar varias motocicletas y autobuses y ocultar dos armas de fuego. Según el
Gobierno, "fue condenado a 10 años de cárcel una vez concluidas las actuaciones
judiciales. En la República Islámica del Irán no se enjuicia a nadie únicamente por sus
creencias" o formas de pensar diferentes. Este caso también fue mencionado en el informe
del Secretario General sobre la situación de los derechos humanos en la República Islámica
del Irán25. En el momento de redactar este informe, las autoridades iraníes declararon que el
Ayatolá Boroujerdi gozaba de buena salud, tenía acceso a servicios médicos, se beneficiaba
de su derecho a las visitas familiares y tenía acceso a la prensa y a otros medios de
comunicación.
4.
Kenya
78.
En su informe sobre el seguimiento de las recomendaciones hechas a los países
correspondiente a Kenya, el Relator Especial sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o
arbitrarias se refirió a la muerte de dos destacados defensores de los derechos humanos —
21
22
23
24
25
A/HRC/14/19, párr. 23.
Ibíd., párr. 27.
A/HRC/16/52/Add.1, párr. 79.
Ibíd., párr. 99.
A/65/370, párr. 5.
GE.11-15074 (EXT)
15
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