A/HRC/30/29
7.
Honduras
21. El 5 de mayo de 2015, varios titulares de mandatos de procedimientos especiales
señalaron denuncias de actos de intimidación contra miembros de la Plataforma EPU,
una red de 51 organizaciones de la sociedad civil, por su contacto con el proceso de
examen periódico universal de Honduras antes de su examen el 8 de mayo de 2015
(A/HRC/30/27, caso HND 1/2015). Al parecer, los días 6 y 7 de abril de 2015,
funcionarios gubernamentales advirtieron públicamente a la comunid ad nacional e
internacional de una campaña de desprestigio emprendida por ciertas ONG con objeto
de mancillar la imagen del país en el contexto de su examen. Se comunicó que el 9 de
abril el Comisionado Nacional de los Derechos Humanos había advertido de q ue
ciertos grupos podrían aprovecharse de los acontecimientos para promover sus propios
intereses e hizo referencia específica a la información presentada por ONG para el
examen de Honduras. Al parecer los medios de comunicación repitieron esas
expresiones difamatorias durante varios días, incluso el 10 de abril, cuando
denunciaron que ciertos grupos se proponían sabotear el examen de Honduras. El 13
de abril, en una declaración pública, parece ser que un parlamentario dio a entender
que esas organizaciones recibían pagos por desacreditar el país (ibid.). Cuando se
terminó de preparar este informe no se había recibido ninguna respuesta del Gobierno.
8.
República Islámica del Irán
22. El 11 de junio de 2014, varios titulares de mandatos de procedimientos
especiales expresaron grave preocupación por las denuncias de represalias tomadas
contra Omid Behrouzi, Behnam Ebrahimzadeh, Mohammad Sadiq Kabudvand, Sa’id
Matinpour, Hossein Ronaghi-Maleki y Abdolfattah Soltani, todos ellos defensores de
los derechos humanos, detenidos en la prisión de Evin a causa de la colaboración de
algunos de ellos con los mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas
(A/HRC/28/85, caso IRN 9/2014). Se informó de que el 17 de abril de 2014, durante
una inspección de los efectos personales de los reclusos en el pabellón 350 de la
prisión de Evin, los seis hombres, junto con otros detenidos, habían sido golpeados
duramente por guardias de la prisión y agentes de seguridad y recluidos en régimen de
aislamiento por períodos que oscilaban entre varios días y dos meses. Parece ser que el
22 de abril de 2014 el presidente del Comité de Seguridad Nacional del Parlamento
justificó la requisa y la atribuyó en parte a la transmisión de “una serie de
informaciones inventadas y sin fundamento” desde dentro de la prisión de Evin a
“elementos desafiantes como el Relator Especial sobre la situación de los derechos
humanos en la República Islámica del Irán” (ibid.). Cuando se terminó de preparar
este informe, no se había recibido respuesta alguna del Gobierno.
23. El 15 de julio de 2014, varios titulares de mandatos de procedimientos especiales
se refirieron a denuncias de represalias contra Hadi Esmaeilzadeh, un abogado
especializado en derechos humanos y ex miembro del Centro de Defensores de los
Derechos Humanos, que fue obligado a cerrar en diciembre de 2008 (A/HRC/28/85,
caso IRN 12/2014). El 31 de mayo de 2014, el Tribunal Revolucionario Islámico
condenó al Sr. Esmaeilzadeh a una pena de tres años de prisión por su participación en
el Centro de Defensores de los Derechos Humanos, y a otro año de prisión por haber
“difundido propaganda contra el Estado”, al parecer por haber enviado informes
mensuales del Centro al Consejo de Derechos Humanos y otras organizaciones de
derechos humanos. En su carta de fecha 7 de enero de 2015, el Gobierno declaró que
los detalles acerca del caso del Sr. Esmaeilzadeh se facilitarían tan pronto como se
recibieran del Consejo Superior de Derechos Humanos del Poder Judicial de la
República Islámica del Irán. No obstante, se señaló que las denuncias de actos de
represalia no tenían fundamento y que habían sido negadas por las autoridades
judiciales iraníes (ibid.). Cuando se terminó de preparar este informe, el Gobierno
todavía no había proporcionado la información.
GE.15-13885
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