A/HRC/42/30 11. En octubre de 2018, el Banco Mundial y el ACNUDH organizaron conjuntamente una mesa redonda sobre las represalias para los bancos multilaterales de desarrollo y sus mecanismos independientes de rendición de cuentas —la primera de este tipo—. En abril de 2019, el ACNUDH organizó, junto con el Mecanismo Independiente de Consulta e Investigación del Banco Interamericano de Desarrollo, una mesa redonda sobre el riesgo de represalias en la financiación para el desarrollo. En la reunión, la Alta Comisionada señaló las poderosas repercusiones que podía tener la prevención mediante una política de “tolerancia cero” contra las represalias, respaldada por acciones. Subrayó que la represión se llevaba a cabo cada vez más recurriendo a la aplicación deliberada o, mejor dicho, incorrecta, de las leyes nacionales, incluso en lo referente al registro y la regulación de las ONG, las restricciones financieras, las limitaciones de la libertad de expresión, de asociación y de reunión pacífica, y la aplicación indebida de las leyes antiterroristas10. 12. En respuesta a la petición de los presidentes de los órganos creados en virtud de tratados de que se determinaran las buenas prácticas y se reforzara la función de los coordinadores y relatores11, el ACNUDH y el Servicio Internacional para los Derechos Humanos, junto con Amnistía Internacional y la red de ONG sobre los órganos creados en virtud de tratados de las Naciones Unidas, organizaron un taller en diciembre de 2018 en Ginebra. En abril de 2019, los órganos creados en virtud de tratados pusieron en marcha una página web común sobre represalias12 y, en junio de 2019, los Presidentes hicieron balance de las buenas prácticas en un diálogo con el Subsecretario General13. 13. Los procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos abordaron el problema de las represalias en una serie de comunicaciones, declaraciones públicas, comunicados de prensa, informes y reuniones14. Subrayaron la necesidad de obtener un registro completo de los casos para una evaluación exhaustiva de las tendencias, y nombraron un nuevo coordinador para las represalias15. III. Novedades en materia de políticas y buenas prácticas 14. Durante el diálogo interactivo sobre el informe de 2018 (A/HRC/39/41), algunos Estados Miembros y organizaciones de la sociedad civil sugirieron que las Naciones Unidas reunieran información sobre buenas prácticas para combatir y prevenir las represalias. En febrero de 2019, el ACNUDH distribuyó un cuestionario 16 y compiló las respuestas. 15. En el plano internacional, los Estados17 destacaron el apoyo a la labor del Consejo de Derechos Humanos, incluido el examen periódico universal, y al Subsecretario General para facilitar la participación de la sociedad civil. Varios miembros actuales se habían comprometido a oponerse firmemente a las represalias, reforzar la protección de la sociedad civil y promover la participación de esta en el Consejo18. 10 11 12 13 14 15 16 17 18 4 https://www.ohchr.org/EN/NewsEvents/Pages/DisplayNews.aspx?NewsID=24486&LangID=E. Véanse A/73/140, párr. 78, y HRI/MC/2018/CRP.2. https://www.ohchr.org/EN/HRBodies/Pages/Reprisal.aspx. HRI/MC/2019/2 y http://www.ohchr.org/EN/HRBodies/AnnualMeeting/Pages/ MeetingChairpersons.aspx. https://www.ohchr.org/Documents/HRBodies/SP/HRC40_ChairItem5_13_March2019.docx; véanse también A/73/215, párrs. 54 a 58; A/HRC/40/60, párrs. 48 a 51 y 109 b); y A/HRC/38/34, párr. 51. Sr. José Guevara Bermúdez, Presidente-Relator del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria (véase A/HRC/40/38, seccs. IV y V.B.2). https://www.ohchr.org/EN/Issues/Reprisals/Pages/GoodPractices.aspx. Se recibieron respuestas dentro del plazo establecido de los siguientes Estados: Bosnia y Herzegovina, Croacia, Eslovaquia, Estados Unidos de América, Hungría, Irlanda, Mauricio, Países Bajos, Polonia, Suiza, Tailandia, Túnez y Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. Afganistán (véase A/72/377, anexo, párr. 20 i)); Angola (véase A/72/79, anexo, párr. 10 b)); Argentina (véase A/73/387, anexo, párr. 34); Australia (véase A/72/212, anexo, párr. 15); Austria (véase A/73/339, anexo, párr. 8); Chequia (véase A/73/82, anexo, pág. 2); Dinamarca (véase A/73/130, anexo, párr. 8); Islandia (véase A/72/923, anexo, párr. 18); Reino Unido (véase A/71/572, anexo, párr. 14); y Uruguay (véase A/73/318, anexo, párr. 4). GE.19-15332

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